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Ley contra el cambio climático del Reino Unido

A continuación se resumen las disposiciones de la nueva Ley y los hitos fundamentales en su elaboración.

Disposiciones fundamentales

  • Objetivos jurídicamente vinculantes: reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero mediante acciones en el Reino Unido y en el extranjero de un 80% como mínimo para 2050 y reducciones de las emisiones de CO2 del 26% como mínimo para 2020 con respecto a los niveles de referencia de 1990. El objetivo de 2020 será revisado en breve tras la promulgación real a fin de incluir todos los gases de efecto invernadero y el aumento del objetivo de 2050 al 80%.
  • Un sistema de presupuestación de carbono que limita las emisiones por periodos de cinco años, con tres presupuestos fijados a la vez, a fin de fijar la trayectoria hasta 2050.  Los tres primeros presupuestos de carbono abarcarán los periodos 2008-2012, 2013-2017 and 2018-2022, y deben ser fijados antes del 1 de junio de 2009. El Gobierno debe informar al Parlamento de sus políticas y propuestas destinadas a cumplir los presupuestos tan pronto como sea posible a partir de esa fecha.
  • Creación de la Comisión sobre el Cambio Climático, un nuevo órgano especializado e independiente que se encargará de asesorar el Gobierno sobre el nivel de los presupuestos de carbono y sobre dónde es posible realizar recortes rentables. La Comisión presentará informes anuales al Parlamento sobre los progresos realizados por el Reino Unido en la consecución de los objetivos y presupuestos a los que el Gobierno deberá responder, garantizando así la transparencia y la responsabilidad con carácter anual. Adair Turner fue nombrado presidente a principios de año y también fueron nombrados otros 6 miembros. (Obsérvese que Lord Turner dejará el cargo en breve para centrarse en un nuevo cargo como presidente de la Autoridad de Normas Financieras.  Se está a la espera de nombrar a un sustituto).
  • Emisiones de la aviación y la navegación internacionales: el Gobierno  incluirá las emisiones de la aviación y la navegación internacionales en la Ley o explicará por qué no lo ha hecho al Parlamento antes del 31 de diciembre de 2012. La Comisión sobre Cambio Climático debe asesorar al Gobierno sobre las consecuencias de la inclusión de las emisiones de la aviación y la navegación internacionales en los objetivos y presupuestos de la Ley. Las previsiones de emisiones de la aviación y la navegación internacionales deben tener en cuenta las decisiones relativas a los presupuestos de carbono.
  • Uso de créditos internacionales: el Gobierno debe “tener en cuenta la necesidad de adoptar medidas nacionales en materia de cambio climático” a la hora de considerar cómo cumplir los objetivos y presupuestos de carbono del Reino Unido. La Comisión independiente sobre Cambio Climático tiene la obligación de asesorar sobre el equilibrio adecuado entre las acciones a escala nacional, europea e internacional para cada presupuesto de carbono. El Gobierno también ha modificado la Ley en sus fases finales para exigir la fijación de un límite para la compra de créditos para cada periodo presupuestario,  mediante legislación secundaria sujeta al procedimiento de asentimiento y teniendo en cuenta el dictamen de la Comisión.
  • Entre las medidas destinadas a reducir las emisiones se incluyen las competencias para introducir regímenes de comercio de derechos de emisión de manera más rápida y fácil mediante legislación secundaria; medidas en materia de biocombustibles; competencias para introducir regímenes piloto de incentivos financieros en Inglaterra para residuos domésticos; competencias para cobrar una tasa mínima por el uso de bolsas de un solo uso.
  • En relación con la adaptación, el Gobierno debe informar al menos cada cinco años de los riegos que plantea el cambio climático para el Reino Unido y publicar un programa en el que establezca cómo se abordarán estos impactos. La ley también confiere competencias al Gobierno para exigir a los organismos públicos y entidades de servicio público que lleven a cabo su propia evaluación de impacto y que elaboren planes para abordar estos riesgos.
  • Un Subcomité de adaptación de la Comisión sobre Cambio Climático para asesorar al Gobierno y controlar sus actividades de adaptación.
  • La obligación del Gobierno de publicar orientaciones que ayuden a las empresas a la hora de informar sobre sus emisiones de gases de efecto invernadero y a revisar la contribución que esta información podría hacer a las reducciones de emisiones antes del 1 de diciembre de 2010. En el dictamen de la Cámara de los Comunes también se incluyó la obligación del Gobierno de usar, antes del 6 de abril de 2012,  las competencias que le confiere la Ley de sociedades para exigir a las empresas que informen de sus emisiones o que expliquen al Parlamento por qué no lo han hecho.
  • Nuevas competencias para apoyar la creación de un programa de ahorro energético comunitario, como anunció el Primer Ministro el 11 de septiembre (ampliando el actual régimen de reducción de emisiones de carbono a los generadores de electricidad)
  • Nueva obligación de publicación anual de un  informe sobre la eficiencia y la sostenibilidad de los edificios gubernamentales.

Hitos fundamentales

  • Marzo de 2007: publicación del proyecto de ley sobre el cambio climático para consulta pública y control parlamentario;
  • 29 de octubre de 2007: publicación de un informe del Gobierno en el que se establecen modificaciones de la ley en respuesta a los resultados de la consulta/control;
  • Noviembre de 2007: el proyecto de ley es presentado en el Parlamento (Cámara de los Lores);
  • Finales de marzo de 2008: concluye la tramitación en la Cámara de los Lores;
  • Julio de 2008: concluye la tramitación en la comisión en la Cámara de los Comunes
  • 7 de octubre de 2008: publicación del dictamen provisional sobre el objetivo de 2050 de la Comisión sobre Cambio Climático.
  • 28 de octubre: continuación de la tramitación en la Cámara de los Comunes; el proyecto de ley es devuelto a la Cámara de los Lores
  • 17 de noviembre: Examen por los Lores de las enmiendas realizadas por la Cámara de los Comunes al proyecto de ley
  • 18 de noviembre: Examen por la Cámara de los Comunes de las enmiendas realizadas por los Lores – fase final de la tramitación parlamentaria;
  • 27 de noviembre de 2008: promulgación real;
  • 1 de diciembre de 2008: plazo de presentación del dictamen de la Comisión sobre Cambio Climático al Gobierno en relación con el nivel de los tres primeros presupuestos de carbono y su revisión plena del objetivo de 2050.
  • Primavera de 2009: Comunicación por parte del Gobierno de los tres primeros presupuestos de carbono junto con el presupuesto (fiscal) para 2009.
  • 1 de junio de 2009: plazo para que el Gobierno fije los tres primeros presupuestos de carbono. (Sin embargo, el Gobierno ha indicado su intención de anunciarlos con anterioridad, junto con el presupuesto fiscal en la primavera de 2009).

Descargar la ley completa (en inglés) [PDF 440KB]



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